La empresa solicita un amparo contra la decisión tomada por la UIF; las cuentas bancarias son de Bancomer y de Monex y fueron bloqueadas

Redacción/COSA JUZGADA SONORA

HERMOSILLO, Son.- La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) bloqueó dos cuentas de la empresa “Grupo Arres Soluciones Industriales”.

De acuerdo con el número de expediente 1264/2026 radicado en el Juzgado Primero de Distrito de Sonora la UIF bloqueó dos cuentas bancarias:

1.- Una de Banco Monex cuya cuenta CLABE es la número 112760000037807077 y

2.- La cuenta de número 0124016335 perteneciente a la institución bancaria denominada BBVA México.

La UIF es encabezada por Omar Reyes Colmenares.

Derivado de estos hechos la empresa solicitó un amparo el 16 de julio de este año el cual fue radicado en el Juzgado Primero de Distrito de Sonora.

En su reclamo la compañía informó que le fue inmovilizada, congelamiento y/o bloqueo de cuentas bancarias y solicitó la eliminación de la medida.

Sin embargo, en un acuerdo dictado el 21 de julio de este año, la Juez Primera de Distrito, Yadira Guadalupe Dórame Enríquez, negó la Suspensión Provisional solicitada por los abogados de la empresa.

“Por tanto, si los actos reclamados se hacen consistir en el bloqueo de cuentas bancarias, con motivo de que la persona afectada se encuentra en lista de personas bloqueadas y que no pueden disponer del peculio de las cuentas y dicho acto se reclama, entre otras autoridades, de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), no es procedente conceder la suspensión provisional, principalmente, porque en este momento procesal no se cuenta con los elementos que permitan conocer los motivos reales del bloqueo de cuentas reclamado por la moral quejosa…”, acordó la Juzgadora.

Ello, agregó, porque de conceder la Suspensión Provisional implicaría poner en riesgo las medidas adoptadas contra el lavado de dinero y el terrorismo.

Y debido a que los abogados de la compañía alegaron que el bloqueo afectaba su subsistencia económica, el tribunal precisó en su acuerdo que la UIF debe permitir que dispongan de recursos de las cuentas bancarias con el fin de que cuenten con dinero indispensable para la subsistencia y de su familia.

Sin embargo, aclaró, la empresa debe acreditar esos dichos.

Tras ello la propia juzgadora fijó el 1 de septiembre la fecha para llevar a cabo la Audiencia Constitucional.

Esta, sin embargo, no se llevó a cabo porque no contaban con los informes de las autoridades respectivas.

Ello, a pesar de que el 31 de agosto el tribunal federal informó que el Coordinador Jurídico de Procedimientos “C”, en representación del Director General de Atención a Autoridades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en la Ciudad de México, rindió el informe solicitado por la autoridad.

Otro informe fue recibido el 24 de septiembre de este año por parte de la Directora de Seguimiento de Amparos adscrita a la Dirección General de lo Contencioso de la Unidad de Inteligencia Financiera, con residencia en la Ciudad de México.

El caso todavía no se resuelve.

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