La empresa Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma es notificada que un recurso de revisión que solicitó contra el Ayuntamiento de Navojoa hace 7 meses es desechado porque ya no existe el caso reclamado
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, Son.- La empresa Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma es notificada por un tribunal federal que un caso en el que promovió un recurso de revisión contra el Ayuntamiento de Navojoa hace 7 meses será desechado, porque el caso ya fue resuelto.
De acuerdo con el número de expediente 173/2026 radicado en el Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa, derivado de un recurso de revisión iniciado por la empresa cervecera propiedad de la compañía “Heineken” en contra del Ayuntamiento de Navojoa por el cierre de sus agencias distribuidoras de cerveza en el 2025, el caso ya no procede porque se ha suspendido la suspensión de sus agencias.
El tribunal federal dictó el 6 de agosto de este año una sentencia para resolver la petición de revisión iniciada por la empresa, luego de recibir un fallo en contra a su petición de que se le abrieran sus instalaciones tras una clausura de sus agencias decretadas por el Ayuntamiento de Navojoa.
“…Se advierte que el 3 de febrero del 2026, el Juez Octavo de Distrito…dictó sentencia en el juicio de amparo indirecto 2080/2025, en la cual…sobreseyó en el juicio de amparo en el juicio de amparo (cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado)…”, refiere en su sentencia el magistrado Óscar Javier Sánchez Martínez, quien fue el ponente del caso.
Por ello, concluida la revisión del caso, es consecuente declarar sin materia el recurso de revisión que se tiende.
EL ANTECEDENTE
La empresa Cervecería Cuauhtémoc Moctezuma solicitó el 6 de octubre del 2025 un amparo en contra del Ayuntamiento de Navojoa, luego de que éste clausuró sus instalaciones denominadas “Six”.
El reclamo fue en contra del Director de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento por la orden de visita y el acta circunstanciada emitida el 24 de septiembre del 2025 y fechada el 16 de ese mismo mes y año, así como la orden de clausura temporal del giro comercial.
La orden de clausura estaba firmada por el inspector adscrito a la Coordinación de Inspección de la Dirección de Desarrollo Urbano de la Secretaría de Infraestructura Urbana y Ecología, Danilo González Mondaca.
Tras conocer de la demanda el Juez Octavo de Distrito negó la Suspensión Provisional el 6 de enero del 2026.
Inconformes con esta determinación los abogados de la empresa solicitaron una revisión que fue canalizada al Cuarto Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa.
Sin embargo, al analizar el caso, 7 meses después, el tribunal federal decidió desechar el caso, pues el Juzgado Octavo de Distrito ya había desechado el caso, pues las clausuras fueron levantadas.
