El agente de la Guardia Nacional Julio César Pérez Cruz obtuvo un amparo contra un arresto que le dictó un Coronel de esa institución, luego de discutir sobre la veracidad de un examen antidrogas
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
HERMOSILLO, Son.- Un agente de la Guardia Nacional que terminó desertando de sus filas inició un juicio de amparo en contra de un Coronel luego de haber sido sancionado con un arresto de 15 días por presuntamente alterar una práctica de examen antidoping.
De acuerdo con el expediente número 181672025 radicado en el Juzgado Primero de Distrito de Sonora, el oficial Julio César Pérez Cruz solicitó un amparo en contra del Coronel de la Guardia Nacional Ricardo Rodríguez Alexander, quien era el Comandante del Cuarto Batallón de esa corporación.
La demanda fue pedida el 26 de agosto del 2025, luego de que el agente fue avisado de que estaba bajo arresto por 15 días por presuntamente incurrir en una falta administrativa durante la aplicación de un examen antidoping.
La demanda establece que la orden de arresto fue anunciada el 20 de agosto de ese año.
En el informe rendido por el Teniente de la Guardia Nacional Javier Reyes Cristóbal en esa fecha, se establece que la falta incurrida por el demandante del amparo fue tratar de sorprender a sus superiores al momento de aplicarle la prueba toxicológica con el reactivo para la detección de estupefacientes y/o psicotrópicos en la orina, ya que agregó agua a su orina.
Ello, asienta el reporte, ocurrió cuando se llevó a cabo la “Revista Cruzada de Medidas de Contra-Inteligencia” por parte del personal de la Coordinación Estatal de Sinaloa.
El Teniente que aplicó el correctivo se acreditó de Comandante de la Escolta del titular del Batallón, en este caso el Coronel de la Guardia Nacional Ricardo Rodríguez Alexander.
La demanda fue revisada por el Juzgado Primero de Distrito y este determinó que se violaron los procedimientos en la notificación hecha al agente Pérez Cruz.
“…En efecto, como lo alega la persona solicitante se vulnera la certeza jurídica con el acto controvertido, ya que de las constancias remitidas por la responsable, se observa que la imposición del correctivo disciplinario es de 20 de agosto del 2025 y la notificación del mismo fue del 19 de agosto del mes y año en cita, esto es, anterior a que la responsable explicara el motivo de la imposición del arresto decretado en contra de la persona quejosa”, establece la sentencia dictada el 19 de enero del 2026 por la Jueza Yadira Guadalupe Dórame Enríquez.
La juzgadora advirtió que en el documento en el que se le impuso el correctivo disciplinario a la persona quejosa, la autoridad responsable no indicó cuándo llevó a cabo el correctivo verbal y que ello quedará asentado en la sanción disciplinaria.
“Lo anterior pone de relieve que no es verosímil lo actuado por las responsables -autoridades- pues la imperfección relatada hace colegir que no se respetaron las formalidades esenciales del procedimiento que establece el artículo 14 Constitucional, en relación con el numeral 28 de la Ley de Disciplina, Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional”, precisa el fallo.
Eso, agrega, corrompió las formalidades esenciales del procedimiento.
“…Es inconcuso que no pueden considerarse apegadas a derecho las actuaciones de la responsable, pues no pudo haber determinado un correctivo disciplinario si aún no existía, con lo que deja en estado de indefensión a la persona quejosa ante una circunstancia que no se hizo de su conocimiento”, resumió en su sentencia.
La Jueza, para ilustrar el caso, usó una analogía de la naturaleza:
“Dicho de otra forma, por analogía, se materializa lo que se conoce como la doctrina de los “frutos del árbol envenenado”, siendo los “frutos” de la referida infracción, es decir, todas las consecuencias jurídicas creadas a partir de dicha actuación, contrarias a derecho”.
Por todo ello, el Juzgado Primero de Distrito decidió conceder el amparo al agente Julio César Pérez Cruz.
Sin embargo, el fallo protector no se ha terminado de concretar, a más de un año de ello.
