María del Rosario Santiago Vizcarra, la Tesorera Municipal de Navojoa recibió una multa de $35 mil 193 pesos por parte del Juzgado Séptimo de Distrito por no acatar fallo judicial en un amparo contra el Predial
Redacción/COSA JUZGADA SONORA
CAJEME, Son.- La Tesorera Municipal de Navojoa, María del Rosario Santiago Vizcarra, fue multada con $35 mil 193 pesos por desacatar una sentencia que la obligaba a devolver el dinero cobrado en exceso en el Impuesto Predial a un empresario de esta ciudad.
Una resolución dictada desde el 1 de octubre del 2025 indica que la funcionaria municipal recibió una multa económica equivalente a 300 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, lo cual asciende a $35 mil 193 pesos.
El fallo, dictado por la Jueza Séptima de Distrito, Yazmín Angélica Murillo Badilla, precisa que la sanción económica es por no haber acatado una exigencia judicial dictada desde el 22 de septiembre de ese año.
“… Se advierte que transcurrió el plazo otorgado a la autoridad responsable Tesorería del Ayuntamiento de Navojoa, Sonora, para dar observancia a los efectos del fallo protector. Por lo anterior, se hace efectivo el apercibimiento decretado en veintidós de septiembre de dos mil veinticinco, y se impone al Tesorera del Ayuntamiento de Navojoa multa por el equivalente a trescientos días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, al considerarse que no está cumplida la ejecutoria de amparo, se ordena la remisión de los autos originales al Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito en turno, con residencia en Hermosillo, Sonora…”, precisa la resolución judicial dictada dentro del juicio de amparo número 1130/2025.
La juzgadora se refería a una solicitud de amparo hecha por el empresario y ex dirigente empresarial Alfredo Santini Fernández. quien el 23 de abril del 2025 había solicitado un amparo en contra del incremento desproporcionado en el Impuesto Predial aplicado por el Ayuntamiento de Navojoa.
En su reclamo Santini Fernández alegó que el cobro desproporcionado violaba los criterios de equidad y proporcionalidad tributaria.
En una sentencia emitida el 30 de mayo de ese año, el Juzgado Séptimo le dio la razón y concedió el amparo.
“… Al no haberse fijado en las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción los parámetros que debe observar la autoridad administrativa para efecto de clasificar determinado bien atendiendo a su tipo de construcción, calidad y estado de conservación, vulneran el principio de legalidad tributaria”, consideró la juzgadora.
En el fallo se especificó que el Ayuntamiento de Navojoa, al establecer ese tipo de cobros violaba la norma, y generaba con ello incertidumbre jurídica al contribuyente.
Por todo ello el tribunal federal ordenó a la Tesorera abstenerse de aplicar a la parte quejosa las Tablas de Valores Unitarios del Suelo y Construcción en el año fiscal 2025 en valores superiores a los mínimos a pagar para inmuebles.
Además, ordenó devolver a Santini Fernández la diferencia entre las cantidades consignadas en los recibos de pago y que sólo se cubriera la cuota mínima.
La funcionaria fue multado por no cumplir con este fallo y derivado de ello el Ayuntamiento ha interpuesto dos recursos, uno de Queja y otro más de Inconformidad ante tribunales colegiados.
Los casos están en proceso.
